
Gala de Honores y Distinciones

Las cruces abrirán desde el Jueves, 2 de Mayo hasta el Domingo 4 de Mayo.
La visita del jurado para el concurso será el Sábado 3 de Mayo, a partir de las 13:00 h
A continuación podrá descargar la Solicitud para el Concurso de Cruces 2025
Las Bases del Concurso se pueden consultar junto con el modelo de solicitud para participar en este otro enlace.
Bases y Solicitud del Concurso de Cruces 2025
Dª Fátima Gómez Abad, Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento, HAGO SABER:
Que actualmente se encuentra vacante el cargo de Juez de Paz Titular.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz titular de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, así como de las previsiones de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Que se abre un plazo de quince días hábiles, partir de la publicación del anuncio en el BOP, para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el Acuerdo a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Lo que se publica para general conocimiento.
Desde el Ayuntamiento, tal y como establece el artículo 40º del Reglamento de Participación Ciudadana, se ha puesto en marcha una iniciativa de participación directa de la ciudadanía en la vida política del municipio, con el fin de establecer las principales demandas y preocupaciones de nuestros vecinos y vecinas.
Esta consulta supone una herramienta clave de cara a la configuración de la previsión económica del próximo ejercicio.
Todas aquellas personas, asociaciones y colectivos interesados en hacer llegar sus propuestas, podrán hacerlo a través de la siguiente dirección de correo electrónico:
participa@ayuntamientodealfacar.es
Se pueden enviar propuestas hasta el 28 de octubre.
Las cruces podrán abrir desde el jueves, 2 de mayo, hasta el domingo, 5 de mayo.
Desde el Ayuntamiento, tal y como establece el artículo 40 del Reglamento de Participación Ciudadana, se ha puesto en marcha una iniciativa de participación directa de la ciudadanía en la vida política del municipio con el fin de establecer las principales demandas y preocupaciones de nuestros vecinos y vecinas.
Todas aquellas personas, asociaciones y colectivos interesados en hacer llegar sus propuestas, podrán hacerlo a través de la siguiente dirección de correo electrónico:
participa@ayuntamientodealfacar.es
Puedes enviar tus propuestas hasta el 15 de Octubre.
Finalizado el plazo de publicación de la Resolución provisional y examinadas las solicitudes y toda la documentación presentada por los interesados, la Junta de Gobierno Local en sesión del pasado 23 de noviembre, adoptó Acuerdo de concesión de las ayudas económicas para el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles 2022.
En el siguiente ENLACE se puede consultar la relación de beneficiarios de la ayuda.
Desde el ayuntamiento, tal y como establece el artículo 40º del Reglamento de Participación Ciudadana, se ha puesto en marcha una iniciativa de participación directa de la ciudadanía en la vida política del municipio, con el fin de establecer las principales demandas y preocupaciones de nuestros vecinos y vecinas.
Esta consulta supone una herramienta clave de cara a la configuración de la previsión económica del próximo ejercicio.
Todas aquellas personas interesadas en participar podrán hacerlo a través de esta encuesta online creada para tal fin.
Puedes acceder a ella a través del siguiente enlace:
ENCUESTA PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS 2023
Tambien puedes votar presencialmente en una urna que hay a tal efecto en el Ayuntamiento de Alfacar, en horario de 9,00 h a 14,00 h
La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el pasado 19 de octubre, ha adoptado la siguiente RESOLUCIÓN PROVISIONAL:
Vista la Propuesta de Resolución Provisional presentada por la Comisión de Evaluación de Ayudas Económicas para el Pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a vecinos/as del municipio de Alfacar que viven en situaciones de necesidad, convocatoria 2022, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de todos sus miembros ACUERDA:
Primero. CONCEDER la ayuda por los importes indicados, según el siguiente listado de beneficiarios provisionales:
LISTADO BENEFICIARIOS PROVISIONALES | |
DNI/NIF | IMPORTE DE LA AYUDA |
20207621M | 249,16 € |
24081934Z | 181,90 € |
24127473J | 352,52 € |
24161101S | 104,26 € |
24165429L | 147,67 € |
24169155L | 313,09 € |
24204218F | 150,99 € |
24226604Z | 382,48 € |
26241328F | 340,54 € |
44299051Q | 140,61 € |
74681869H | 313,74 € |
75127713F | 253,44 € |
75129906S | 288,21 € |
Segundo. REQUERIR a los NO beneficiarios provisionales la documentación necesaria indicada para la subsanación de sus solicitudes, estableciéndose un plazo de diez días hábiles a contar al día siguiente de la publicación de esta resolución, para presentar esta. En caso contrario, se considerará que los solicitantes no cumplen los requisitos establecidos en el Reglamento y no serán beneficiarios de la ayuda:
LISTADO NO BENEFICIARIOS PROVISIONALES | |
DNI/NIF | MOTIVO EXCLUSIÓN |
44285309M | NO PRESENTA DECLARACIÓN DE INGRESOS 2021 DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA |
74684809Z | NO PRESENTA DECLARACIÓN DE INGRESOS 2021 DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA |